
¿LLEVAS EL CONTROL OBLIGATORIO DE PRESENCIA Y HORARIOS?
El Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, modificó el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores, obligando a las empresas garantizar el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora.
Si gestionar los turnos, las horas trabajadas y las vacaciones de los trabajadores te distrae de otras tareas más importantes, aquí tienes la herramienta que estabas buscando:
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